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Fondo de Retiro
Descripción:
Adquiere derecho cuando el afiliado ha completado 120 ó más cotizaciones al Régimen de Fondo de Retiro. El monto a otorgar es de un Salario Básico Regulador (promedio de últimos 60 salarios) por cada año completo y se reconocen proporcionalmente los meses y días cotizados. Se solicita un año después de causar baja, a excepción de afiliados que adquieren derecho a pensión.
Requisitos
- Fotocopias legibles de DUI y NIT ampliadas al 150%
- Partida de Nacimiento original reciente, máximo 3 meses de haber sido emitida
- Certificaciones de Tiempo de Servicio (de todas la Unidades Militares donde estuvo de alta)
- Constancia de último salario con descuentos
- Solvencia de la Procuraduría General de la República
- Cuenta Bancaria actualizada máximo 1 mes (Agrícola, Cuscatlán, Davivienda, Scotiabank o América Central)
- Constancia CEFAFA